Novedades Laborales (abril 2019)
16 de abril de 2019HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE PUEDE MODIFICAR LA BASE DE COTIZACIÓN COMO AUTÓNOMO
11 de septiembre de 2019C
Si eres cuidador no profesional de una persona en situación de dependencia que cobra una prestación económica puedes suscribir un Convenio Especial para Cuidadores No Profesionales:
- La acción protectora dispensada por este Convenio Especial será la correspondiente a jubilación y de incapacidad permanente y muerte y supervivencia, derivadas de accidente, cualquiera que sea su carácter, o de enfermedad, con independencia de su naturaleza.
- Las solicitudes están disponibles en todas las oficinas y en la página web de la Seguridad Social.
- La cuota por el convenio la asume la Administración General del Estado. Esta cuota puede ayudarte a acceder a una pensión de jubilación, incapacidad permanente o muerte y supervivencia.
- Si lo solicitas entre el 1 de abril y el 29 de junio, los efectos del convenio serán desde el 1 de abril.
- Si lo solicitas después del 29 de junio, el convenio tendrá efectos desde que lo solicites.
- Puedes solicitar más información en las oficinas de la Seguridad Social.
- También puedes obtenerla en: http://www.seg-social.es/