Novedades en las relaciones laborales por el Brexit
7 de enero de 2021KPMG: la crisis del Covid-19 elevará la presión fiscal en la empresa familiar
27 de enero de 2021Cierre cautelar los siguientes establecimientos, espacios y actividades
1- Centros recreativos de mayores y de jóvenes y centros donde se desarrollen actividades festeras tradicionales.
2- Bares, restaurantes, cafeterías y otros establecimientos de ocio, salvo que en los mismos se preste servicio de recogida de comida y7o bebida en el local o envío a domicilio. Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales que se puedan considerar esencial o no sustituible:
Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de profesionales y acompañantes y familiares de pacientes.
Servíos de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos.
Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para el uso exclusivo para el personal empleado.
Servicio de comedor escolar en guarderías y centros docentes de enseñanza reglada (Colegios de Educación Primaria, Institutos y Universidades y similares).
Servicio de restauración en áreas de servicio de vías de comunicación que presten servicio de forma habitual a los transportistas, al personal perteneciente a servicios esenciales de cualquier tipo, incluidos los servicios de conservación y mantenimiento de carreteras.
Las actividades de restauración de servicios a domicilio o de recogida de comida y/o bebida por la clientela en el establecimiento con cita previa, se podrá llevar a cabo durante el horario de apertura del establecimiento.
3- Establecimientos dedicados a actividades recreativas y de azar.
Locales comerciales y superficies comerciales.
Cerrarán a las18:00 horas. Se exceptúa la actividad comercial de los establecimientos y locales comerciales dedicados a la actividad comercial esencial de alimentación, higiene, farmacias, ortopedias, ópticas, servicios de peluquería y venta de alimentos para animales, únicamente para la venta de dichos productos, así como los departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas que se puedan encontrar en el interior de los establecimientos.
Deportes, actividad física e instalaciones deportivas también se ven afectadas por medidas concretas.
Residencias de estudiantes. Se limita el uso de las zonas comunes al 30% del aforo.
Velatorios, entierros y celebraciones, con limitación de aforo.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,