Aprobada la nueva ley de los trabajadores autónomos
14 de octubre de 2017Ayudas para acceso al mercado laboral de colectivos vulnerables
8 de febrero de 2018A finales de 2017 se publicaron dos normas de gran interés laboral y que afectan, entre otras materias, al salario mínimo interprofesional y a la revalorización de las pensiones.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2018 (Real Decreto 1077/2017).-
Norma vigente desde el 1 de enero de 2018. Las nuevas cuantías representan un incremento del 4% respecto de las vigentes para el pasado 2017.
- Para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 24,53.-€/ día (735,9.-€/mes). El cómputo anual queda establecido en 10.302,6.-€
- Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no exceda de 120 días, queda fijado en 34,85.-€ por jornada.
- Para los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, el SMI será de 5,76.-€ por hora efectiva trabajada.
Se prevé incrementos del 5% para el año 2019 y del 10% para el 2020, aunque se sujeta a que la economía registre un crecimiento del PIB real del 2,5% o superior y un incremento de la afiliación media a la Seguridad Social superior a las 450.000 personas. De este modo el SMI pasaría en 2019 a fijarse en 772,80.-€/mes y 25,76.-€/día. Para el 2020 el importe sería 850,08.-€/mes y 28,34.-€/día.
Pensiones y prestaciones públicas para 2018 (RD 1079/2017).-
La revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social se establece de forma lineal aplicando un 0,25% a las cuantías de las pensiones en el ejercicio anterior. Dicho porcentaje también se extiende a las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como a los complementos económicos, para alcanzar en dicho Régimen los importes de las pensiones mínimas.
Otras prestaciones sociales públicas afectadas son:
- Los importes de algunas prestaciones familiares.
- Los subsidios económicos de garantía de ingresos mínimos, por ayuda de tercera persona y de movilidad y compensación por gastos de transporte.
- Las pensiones asistenciales de Ley 45/1960 y el RD 2620/1981.
- El importe de la prestación económica a los españoles de origen desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil.