Ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de pymes industriales.
5 de febrero de 2019Ayudas fomento de empleo
14 de febrero de 2019Se ha convocado en el DOGV las subvenciones para el ejercicio 2019 destinadas al programa de fomento de trabajo autónomo.
Objeto.-
Se otorga una subvención en concepto de renta de subsistencia a las personas desempleadas que acceden a su empleo a través de la creación de actividad empresarial independiente, mediante su establecimiento como personal trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores y cuyo centro de trabajo radique en la Comunidad Valenciana.
Condiciones.-
- Haber iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2019.
- Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo hasta el inicio de la actividad.
- Figurar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente con carácter previo a la presentación de la solicitud
- No haber figurado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los 6 meses anteriores al inicio de la actividad
- Desarrollar la actividad de forma independiente.
- No haber sido beneficiario en alguno de los tres ejercicios anteriores de otras subvenciones del SERVEF por constitución como autónomo.
- El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.
Cuantía de la subvención.-
- Personas desempleadas en general: 2.500.-€
- Personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000.-€
- Personas desempleadas con diversidad funcional: 3.500.-€
- Mujeres desempleadas víctimas de la violencia sobre la mujer: 4.500.-€
Los importes establecidos en las letras a), b) y c) se incrementarán en 500.-€ en el caso delas mujeres
Plazo para la presentación de solicitudes. Se inicia el 7 de febrero y finaliza el 1 de octubre de 2019.
Obligaciones de las personas beneficiarias.-
- Mantener la actividad por cuenta propia y el alta hasta 12 meses después.
- Acreditar la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
- Facilitar cuantos datos e información le sea requerido por el SERVEF
- Comunicar al SERVEF la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
- Conservar los documentos que justifiquen la aplicación de los fondos recibidos.
- Cumplir con las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica.
- Aportar una declaración sobre el cumplimiento de las obligaciones de transparencia a que hace referencia la letra anterior.